En merito de lo anteriormente expuesto y con vista a las pruebas consignadas en autos ya valoradas, es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, DECLARA: "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" sobre los derechos dejados por el de cujus, GREBER JOSE GARCIA quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-10.386.476, fallecido en fecha 05/10/2025 a consecuencia de EVENTO VASCULAR CEREBRAL, CARDIOPATIA MIXTA, HIPERTENSION ARTERIAL, DIABETES MELLITUS TIPO 2, tal como se evidencia de Acta de defunción 3018, del libro N° 19 del año 2025. A los ciudadanos EVELIN CASILDA NAVARRO DE GARCIA, GREBER JOSE GARCIA NAVARRO, STHEFANI CAROLINA GARCIA NAVARRO Y CATHERIN JOSEFINA GARCIA NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nro. V-10.388.566, V-19.159.989, V-19.159.992 Y V-22.593.022, actuando en este acto en sus.....