Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente a la ciudadana Julia Janeth Meléndez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.777.920, para gestionar ante el Central Azucarero C.A Carora.