DECISION
Por las razones anteriormente expuestas éste Juzgado de Control Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA, para el conocimiento del presente asunto al Juzgado Primero de Control del Estado Portuguesa, asunto penal Nº PP11-P-2008-000668 de conformidad con el artículo 57 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, remitiendo las Actuaciones al Juzgado Primero de Control del Estado Portuguesa, asunto penal Nº PP11-P-2008-000668Así mismo, este Tribunal autoriza al ciudadano RODOLFO JOSE HERNANDEZ RIVERO, Cédula de Identidad Nº 7.592.574, para que sea trasladado por los funcionarios de la Guardia nacional hasta la sede de la División de Captura del CICPC, y de allí sea Trasladado hasta el Estado Portuguesa, por funcionarios de la División de Captura, para presentarse en el Tribunal Primero de Control del Estado Portuguesa. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.