DECLARO: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los abogados THOMAS ENRIQUE VELASQUEZ SANOJA y ZENAIDA COROMOTO SALAZAR GONZALEZ, en la causa seguida al ciudadano WELLINTON JONATHAS SALVES, por la presunta comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1° del Código Orgánico de Justicia Militar, contra la decisión dictada por el Tribunal Militar Vigésimo de Control, con sede en San Juan de los Morros, estado Guárico, en fecha 10 de julio de 2018; y SEGUNDO: INADMISIBLES las pruebas promovidas por los recurrentes, como son el Asunto penal N° CJPM-TM20C-044-2018, declaración del imputado de autos y el video de la aprehensión de su defendido, todo conforme a lo establecido en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal.