DECISIÓN
En fuerzas de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la RECUSACIÓN propuesta por el Abogado GONMAR PÉREZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 83.721, en contra de la Abogada, ROSÁNGELA MERCEDES SORONDO GIL, en su carácter de Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial Estado Lara.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone una multa de DOS BOLÍVARES (Bs. 2,00), que debe cancelar el recusante ante cualquier institución financiera recaudadora de fondo nacionales a cuyo efecto el Tribunal a cargo del Juez recusado deberá librar oficio al Seniat, a objeto de la elaboración de la planilla de pago y su poster.....