Mediante RESOLUCIÓN Nº PJ0872017000009, se dictò Sentencia Definitiva que declaro: PRIMERO: LA NULIDAD de la sentencia definitiva de fecha 21 de diciembre de 2016, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar. Y SEGUNDO: Se ordena la REPOSICIÓN de la presente causa al estado de admitir nuevamente la demanda sin ordenarse la realización directa de la fase de sustanciación de la audiencia preliminar.