Primero: Se declara con lugar la solicitud de calificación de Flagrancia efectuada por el Ministerio Público Militar. Segundo: Se acuerda la imposición de Medidas Cautelares Sustitutivas al PN. JHOAN JOSE RANGEL MOLLEGAS, titular de la cedula de identidad Nº V-23.505.016, hasta tanto el Ministerio Publico en el lapso legal correspondiente presente el acto conclusivo a que haya lugar, es decir, deberá presentarse cada quince (15) días ante este Tribunal Militar; si este fuere feriado sábado o domingo, el día hábil siguiente, con el objeto de firmar el libro de presentaciones que al efecto se lleve en el mismo, asimismo se le prohíbe salir sin autorización de la Península de Paraguna, Estado Falcón. Tercero: Se acuerda con lugar la solicitud fiscal de continuar el Procedimiento Penal Militar Ordinario. Cuarto: Se ordena remitir mediante oficio a la Fiscalia Militar Vigésima Tercera de Punto Fijo la Investigación Penal Militar, a los fines que continúe con el procedimiento Penal.....