Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Militar de Quinto de Control con sede en Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, por la presunta comisión de Delito de POSESION ILICITA DE DROGAS, previsto en el Artículo 153 de la ley Orgánica de
Drogas, donde se encuentra involucrado el ciudadano SARGENTO PRIMERO CARLOS JAVIER OVALLES titular con la cédula de identidad N° 20.693.164, plaza del Grupo de Ingeniería de Combate de Base Aérea "El LIBERTADOR", y de conformidad con lo establecido en los artículos 261 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 71, 78 y 80, del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA: PRIMERO: QUE LA COMPETENCIA PARA CONOCER LA PRESENTE CAUSA CORRESPONDE A LA JURISDICCIÓN PENAL ORDINARIA. SEGUNDO: Se ordena su remisión al Tribunal de Control en funciones de Guardia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, conforme con los artículos 71 y 80 del Código Orgánico Proces.....