este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito del estado Lara de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN suscrita por las partes en el juicio por ACCION REIVINDICATORIA intentado por el Abogado GILBERTO LEON ALVAREZ, actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil TALLERES BARQUISIMETO C.A (TABACA), contra las ciudadanas Mirian Rosa Vázquez, (plenamente identificados en el encabezamiento de esta decisión), en los términos contenidos en la misma.
Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil.-