Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 , 242 y 835 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE, la presente acción interpuesta por el ciudadano SERGIO BORATZUK, titular de la cedula de identidad N°. V-3.698.784, quien actúa en su propio nombre y representación debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 28.63, en contra de las ciudadanas NEYBIS RAMONCINI, en su condición de Jueza Provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de esta Circunscripción Judicial, la abogada PRISCILLA PAEZ, en su condición de Jueza Suplente del referido Juzgado y la ciudadana MIL.....