PRIMERO: admitió totalmente la acusación y todos los medios probatorios presentados por el fiscal 22° del Ministerio Público, por ser legales, útiles y pertinentes. SEGUNDO: CONDENO AL ACUSADO: EGLIS OMAR PIÑA DE LA ROSA, titular de la cédula 13.567.157, Venezolano, 28 años de edad, nacido el 18-02-77 de esta Ciudad, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos Marcelina de la Rosa y Víctor Piña, domiciliado en el Barrio Yabalito, calle de asfalto pasa a 200 mts de la casa, casa rural, a doscientos metros del Hospital de Siquisique, Municipio Urdaneta, a cumplir la pena de Nueve (09) MESES DE PRISION. Se condenó igualmente, a cumplir las penas accesorias de conformidad con el artículo 16 del Código Penal vigente. Se condena al pago de las costas procesales, según lo dispuesto en los artículos 265 y 267 del Código Orgánico Procesal Penal. SE ACORDO, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 ejusdem en sus ordinales 3°, pr.....