este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PROCEDENTE LA OPOSICION realizada por la representación judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil ELIFRAN, C.A. SEGUNDO: en razón del particular primero SE ORDENA EL LEVANTAMIENTO PARCIAL DE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR dictada en fecha 27/11/2024, quedando sin efecto la medida que recaía sobre los siguientes inmuebles:
(13) Local comercial N.º 23-59, ubicado en la calle 32 entre carreras 23 y 24, Barquisimeto, el primero con una extensión DOSCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CON VEINTE CENTIMETROS CUADRADOS (272,20 m), con los siguientes linderos; NORTE: Con casa que es o fue de Manuel Felipe Alvarado, en una extensión de treinta y ocho metros cuadrados con cuarenta centímetros (38,40 m); SUR: con casa de Francisco Ramos y solar de casas de Josefina A.....