Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO (1º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, OTRAS OBLIGACIONES LABORALES e INDEMNIZACION POR DESPIDO, derivados de la relación laboral, interpuesta por la ciudadana JIPSI NAIROBIS OLIVEROS CARABALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.636.141, en contra de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE SALVADOR C.A. y solidariamente responsable a la Sociedad Mercantil TRANSPORTE y SERVICIOS SANOVIL, C.A., ambas partes identificadas en autos.