DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Militar en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley DECLARA. PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de la defensa técnica de que sean desestimados los delitos militares de ULTRAJE A LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 505, y CONTRA EL DECORO MILITAR previsto y sancionado en el Artículo 564, y con la responsabilidad penal del articulo 389 numeral 1°en grado de Autor, y con las circunstancias Agravantes establecidas en el numerales 1° y °16 del artículo 402, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO:CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público Militar en cuanto a que sea tomada la presente audiencia como acto formal de imputación en contra del Ciudadano: MAYOR ANGEL RANDY VILLASMIL GUEVARA, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.726.500, quien se encuentra presuntamente involucrado en la comisión de los Delitos Militares de.....