este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano REINALDO HERNAN CONTRERAS titular de la cédula de identidad N° V-12.701.324. Contra: ALIMENTOS MARED C.A.(BACALAUS LOUNGE BAR) y solidariamente el ciudadano PEDRO MANUEL RIVAS TRIAS, titular de la cédula de identidad Nro. 7.575.110.