PRIMERO:SE DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abog. ESTEBAN GUART DURÁN, apoderado especial de la Sociedad de Comercio “POOL READING, S.A.”, contra la decisión dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 28 de Julio del año 2003, mediante la cual declaró sin lugar Amparo Constitucional interpuesto en fecha 11-06-03.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró sin lugar el Amparo Constitucional interpuesto en fecha 11-06-03.
Queda así CONFIRMADA la decisión apelada.