En atención a todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Improcedente la demanda de impugnación de reconocimiento incoada por el ciudadano Rafael Antonio Parra Mora, ya identificado, en contra de los ciudadanos Norkys Coromoto Serrano González y Juan José Gutiérrez, ya identificados.