Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de Ley, dictó sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva Nº PJ0662017000035, en la cual se declara Extinguida la Acción por Pérdida Sobrevenida del Interés Procesal en el presente Recurso Contencioso Tributario remitido mediante oficio Nº GRTI/RG/DJT/2008/2396 de fecha 04/08/ 2008, emitido por Gerente Regional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Región Guayana, ejercido subsidiariamente al recurso jerárquico, ante ese mismo órgano por el Abogado Ramón Armando Ochoa Sarmiento, inscrito en el IPSA Nº 11.306, en representación de la empresa mercantil Macro Centro Alta Vista C.A. contra de la Resolución Nº GRTI/RG/DJT/2008/166, de fecha 23 /06/ 2008 (SENIAT) Región Guayana.