Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS intentada por el Ciudadano ALI SAUL PERDOMO CANELA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.303.765, asistido en este acto por la Abogado ELIZABETH BARRADAS, debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 186.693; y así se declara.