Se ADMITE, cuanto a lugar en derecho, el recurso contencioso tributario presentado ante este Juzgado mediante escrito de fecha 30 de julio de 2007, suscrito por el Abogado Camilo Seara Romero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 114.049, actuando en representación judicial del ciudadano Camilo Seara González, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº 6.190.180, en su carácter de presidente de la compañía DISTRIBUIDORA Y LICORERIA RAAMA, C.A, con domicilio en la vía Upata, cruce el Rosario Chirica Vieja, San Félix ¿ Estado Bolívar, contra la Resolución Nº 1104, de fecha 21 de noviembre de 2006, emanada de la Coordinación de Administración Tributaria Municipal de la Alcaldía del Municipio Caroní del Estado Bolívar.