Se celebró AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, siendo las 10:30am conforme a lo fijado en auto de fecha 07-06-2005, a la cual comparecieron la abogada Maridel Ortega, apoderada judicial de la querellante, el ciudadano Rubén Felipe Pérez, tercero interesado, asistido por los abogados Johanna M. León y Edinson E. Mújica M. Se dejó constancia que no compareció la Juez Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. Las partes expusieron sus respectivos alegatos. Se declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional. Se declaró la NULIDAD de la sentencia recurrida. No hubo condenatoria en costas. Se ordenó oficiar al juzgado de la causa a los fines de notificarle de la desición dictada. Esta alzada se reservó cinco días de despacho para la publicación de la sentencia. Se deja constancia que por error involuntario se registró la presente actuación en la opción emitir documento, siendo lo correcto registrarlo en actas civiles, por lo que se realizó el cambio.