-IV-
-DECISIÓN-
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JEAN CARLOS GOMEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-28.425.972, actuando en forma conjunta con sus progenitores GLENNYS YUNANCYS PEREZ GOYO, titular de la cédula de identidad N° V-11.266.555 y CARLOS ALBERTO GOMEZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° V-7.421.340, contra la UNIVERSIDAD CENTRO OCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO (UCLA).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la acción.
TERCERO: ARCHIVESE oportunamente el presente asunto.
CUARTO: Se deja constancia que la presente decisión se publica dentro del lapso de Ley.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo es.....