IV
DECISION
En mérito de los argumentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA PRETENSION de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACION LABORAL incoada por el Ciudadano: ENDIN WILLIAM GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-11.062.692 y de este domicilio, contra la entidad de trabajo VIGILANCIA S.O.S., en consecuencia se condena a la empresa pagar a la parte actora supra identificada los conceptos y montos estipulados en la motiva del presente fallo, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo.
De conformidad con el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en aplicación del criterio fijado po.....