de acuerdo a las pautas establecidas en el artículo 261 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordada relación con el artículo 305 en su segundo parágrafo del Código Orgánico Procesal Penal y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declarar SIN LUGAR, la solicitud de Sobreseimiento de la causa CJPM-TM8C-043-2014, realizada por la Fiscalía Militar Décimo Octava Nacional, aperturada en contra del ciudadano Mayor Valero Bautista Víctor Josmar, titular de la cedula de identidad No. 12.516.912, y en contra de la Primer Teniente Ireana Detsire Ascanio Torrealba titular de la cedula de identidad No. 16.733.802, plazas del Core 6, por encontrarse presuntamente incursos en la comisión del delito militar "CONTRA LA FÉ MILITAR", previsto y sancionado en el artículo 567 del Código Orgánico de Justicia. SEGUNDO: Líbrese las participaciones correspondientes y remítase el expediente al Fiscal Militar Superior con sede en Maracay E.....