Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto del Municipio  Iribarren del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer la presente causa, y de conformidad con el Artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se ordena remitir las actuaciones inmediatamente a la  Unidad de Recepción  y Distribución de Documentos  a los fines  de  que la presente Solicitud  de Amparo  sea distribuida ante  los Juzgados de Juicio del Circuito  Laboral de esta Circunscripción  Judicial, a fin de que conozca la presente solicitud de amparo. REGISTRESE Y PUBLIQUESE.---------------------------------------------------
	Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los  Nueve (09)   días del mes de Marzo  de 2006. Años: 195º y 147º.
 El Juez Temporal, 
 Dr. RAM.....