Por todas las razones y consideraciones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abog. CARLOS ENRIQUE CORTEZ RIERA en su carácter de Defensor Público, del ciudadano LUIS ALBERTO RICO RODRIGUEZ contra la sentencia dictada en fecha 08 de Mayo 2.007, por Tribunal Séptimo Itinerante de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual CONDENO al ciudadano LUIS ALBERTO RICO RODRIGUEZ, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previstos y sancionados en los artículos 458 del Código Penal y 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.
.....