Mediante Resolucion Nº: PJ0252022000143, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, intentada por la ciudadana: FELICIA RODRIGUEZ DE LARA , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.858.670, debidamente asistida por los ciudadanos ANGEL RAFAEL LUGO y CAROLIN VELASQUEZ CARABALLO abogados en libre ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nros 128.795 y 181.063 de este domicilio