DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en el Edificio Nacional, de la Ciudad de Barquisimeto, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49 ordinal 1ero y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 887 y 362 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA del ciudadano MAURICIO GONZÁLEZ MARZULLO, peruano, mayor de edad, mecánico, titular de la Cédula de Identidad Nº E-81.155.990, de este domicilio, conforme a lo pautado en el artículo 887 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por motivo de DESALOJO DE INMUEBLE, interpuesta por el ciudadano GREEMBERG KLUSZEWSKY GARRIDO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la Cédula .....