PRIMERO: Se declara la nulidad absoluta del cartel de notificación librado en fecha 26 de junio del 2023 y de la consignación de la notificación debidamente practicada por el alguacil Eduardo Arias, se ordena librar nueva notificación con las indicaciones correctas a los fines de la continuación del proceso de conformidad con los artículos 206, 211 y 310 del Código de Procedimiento Civil, en aplicación analógica del artículo 11 de nuestra Ley Orgánica Procesal del Trabajo.