Por consiguiente, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO de la  ciudadana  RITA CIROCCO DE BIROLLO y GIANNI BIROLLO VIOLETTO y ORDENA al Jefe Civil de la Parroquia CONCEPCIÓN del Municipio Iribarren y al Registrador Principal del Estado Lara a estampar la debida nota marginal en la Partida de Acta  de MATRIMONIO, inserta bajo el N° 568, folio N° 80 fte. al  80 vto., durante el año 1,973  de los libros respectivos.  Ofíciese lo conducente a dichos Organismos y remítase copia certificada de la presente decisión.
		REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
		Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los ocho (08)  días del mes de Julio  de 2009. Años: 199° y 150.-
		La  Juez Temporal,
	Abg. LUZ MARIA  VILLARROEL		La  Secretaria, 
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