DECISION
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: parcialmente con lugar, la solicitud presentada por la ciudadana Adriana Maria Rodríguez Díaz, ya identificada, en representación de sus hijos los niños Omitido articulo 65 LOPNA, contra el ciudadano Juan Gabriel Morillo Barrios, ya identificado. En consecuencia, se fija el monto de la obligación alimentaria en la cantidad de cien mil bolívares (Bs 100.000,00) mensuales, a razón de cincuenta mil bolívares (Bs.50.000,00) quincenales, además del 50% de los gastos de médico, medicinas, vestido, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y cualquier otro que sus hijos requieran. Dicha ciudadana, deberá aperturar una cuenta de ahorro en algún Banco comercial de la localidad.
Ofíciese a la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara,.....