Se dicto Sentencia con fuerza definitiva donde se decreta: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, presentado en fecha  veintidós   (22) de  Marzo de 2023, 
En consecuencia, téngase de conformidad con lo establecido en el artículo 263, y 264, del Código de Procedimiento Civil, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, por no haber contradicción en la Ley Adjetiva y estar ajustada a derecho.
SEGUNDO: Se ordena entregar los originales  que reposan en el presente expediente Titulo Valor Letra de Cambio  
TERCERO Archívese el presente expediente a los fines de su guarda y custodia, una vez quede firme la presente decisión de homologación.
	Publíquese, regístrese y déjese copia certificada del presente fallo en el copiador de sentencias de éste Juzgado. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. .....