/Este Tribunal de Ejecución Nº 4, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena, del ciudadano YORMAN RAÚL LUCENA RAMONES, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal; acuyo efecto se ordena librar la correspondiente BOLETA DE LIBERTAD.
Notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Lara, a la Defensa, y al Penado. Ofíciese a la Coordinación Policial de FUNDALARA del Cuerpo de Policía del Estado Lara.
Ofíciese al Tribunal de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, por el Asunto KP01-P-2010-987 para informarle de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en el despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los Ocho (08) días del mes de Mayo del 2013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.-