DISPOSITIVA:
Este Tribunal Militar Segundo de Juicio con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: SE DECLARA SIN LUGAR, la solicitud formulada en fecha 7 de marzo del presente año, ante este Tribunal Militar, por parte de la abogada OSNEIRA COLINA MONTERO, actuando en su condición de representante del ciudadano RAFAEL RAMOS, titular de la cedula de identidad No. V-17.066.706, mediante la cual dicha profesional del derecho solicita una "... audiencia con el Ciudadano Juez, Coronel José Vicente Carvajal Peña, del presente tribunal, que conoce de la causa CJPM-CGM.003-15, a fines de tratar asuntos referente a la solicitud de la entrega de vehículo, retenido en esta causa por este tribunal...", por considerarse no apegada al derecho, todo ello en conformidad a lo previsto en el artículo 41 del Código Orgánico de Justicia Militar y el 89 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la solicitan.....