Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 3 de febrero de 2010, por el abogado Gustavo José Mendoza Pacheco, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 21 de enero de 2010, por el Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio de desalojo, seguido por los ciudadanos Attilio Paolini Polito y Digna Rosa Vargas de Paolini, contra los ciudadanos Yeleza del Carmen Pacheco de Jiménez y José Efraín Jiménez Parra, todos identificados supra. Quedó así REVOCADA la decisión dictada en fecha 21 de enero de 2010, por el Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se ordenó NOTIFICAR A las partes la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.