DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la RECUSACIÓN DE EXPERTOS GRAFOTÉNICOS interpuesta por la parte demandada en el Juicio de Tacha de Documento intentado por los ciudadano SANTOS SEGUNDO ALVAREZ, JUANA BAUTISTA ALVAREZ y MINERVA DEL CARMEN ALVAREZ QUERALES, contra la ciudadana MARIA NAZATER CHACON, todos previamente identificados.