DECISIÓN
Por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la pretensión de DIVORCIO con fundamento en la causal segunda del Artículo 185 del Código Civil propuesta por la ciudadana DAMARIS KEYLA ZERPA DE QUERALES, contra el ciudadano RAFAEL GUILLERMO QUERALES, ambos previamente identificados.
En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por las partes por ante la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren, bajo el N° de acta 512, de fecha 18 de agosto de 1994.
Se advierte que una vez quede definitivamente firme la presente decisión, se librará oficio a esa dependencia, así como al Registro Principal del Estado Lara, remitiendo copia certificada del presente fallo, a fin de que estampen la co.....