Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado el acto, en consecuencia, declara HOMOLOGADO como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada el desistimiento formulado. Asimismo, en referencia a la solicitud de entrega de las Planillas de Liquidación, la misma se niega en razón de que las planillas originales de liquidación y pago no se encuentran insertas en el expediente remitido por la Gerencia de Tributos Internos de la Región Centro Occidental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) a este Tribunal Superior. Así se decide.