este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en la ciudad de Carora, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA en razón en razón del Territorio, planteada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en la demanda de Daños y Perjuicios derivados de Accidente de Tránsito, interpuesta por la ciudadana María Elena Paredes, asistida por el abogado Albenis José Urribarri Borjas, en contra la empresas aseguradora Seguros Caracas de Liberty Mutual, C.A, y la firma mercantil Transporte Vulcano, C.A; todos plenamente identificados con anterioridad.