Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos NORELYS DEL CARMEN GIRON RIVAS y MANUEL MILANIO RODRIGUEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 15.251.031 Y V- 15.971.716, respectivamente, en fecha19/06/1999; por ante el Registro Civil del Municipio Heres del estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el Nro. 242, inserta en los folio: 129, del Libro 2, TOMO M1 de Registro de Matrimonios Civiles llevado por ese despacho durante el año 1999, acompañada a la presente causa. La mujer no podrá us.....