Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Undécimo de Control con sede en San Cristóbal, estado Táchira, en funciones de Guardia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del Ciudadano Infante de Marina OSORIO PARLENKO SEBASTIAN, titular de la cédula de identidad Nº V-25.402.802, plaza del Batallón de Vehículos Anfibios de la Infantería de Marina Nº 41, acantonada en Punto Fijo, Estado Falcón, y Destacado en la Oficina Regional del CNE-TACHIRA, por la presunta comisión del delito militar de por la presunta comisión del delito militar de TRAICION A LA PATRIA, previsto en el artículo 464 numeral 26º, y sancionado en el artículo 465 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: ACUERDA EL TRÁMITE DE LA PRESENTE CAUSA POR EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo previsto en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánic.....