Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL DE GUASDUALITO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Declara la Extinción de la Acción Penal, por haberse cumplido total y cabalmente con el Régimen de Prueba, impuesto por este Despacho, en fecha 22ENE2016, a los acusados IVÁN JOSÉ DOMÍNGUEZ SOLÓRZANO, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 25.588.543, Y MAIKER ANTONIO MORENO MORALES, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 20.967.229; JOSÉ MAURICIO CUMANA DOMÍNGUEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.-22.285.411, y JESÚS ALBERTO LIPORACHI TORRES, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.-24.504.410, por estar incursos en la comisión del delito Militar de ULTRAJE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el encabezado del articulo 502 del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Decretó el Sobreseimiento de la Causa de conform.....