DECISIÓN
En virtud de las consideraciones precedentemente señaladas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la apelación efectuada por el Abogado Miguel Oropeza, en su carácter de apoderado judicial del actor Pablo José Hernández, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 15 de Noviembre del año 2013, por el JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, que negó la medida preventiva de embargo solicitada, ratificándose la misma pero con el cambio de motivación aquí expuesto.
Se condena en costas a la parte apelante de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Segundo en .....