DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la apelación interpuesta por el ciudadano PEDRO MIGUEL RODRÍGUEZ ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.348.106, asistido por el abogado Pedro Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.263, en contra de la sentencia dictada en fecha 22 de junio de 2017, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Se CONFIRMA el auto dictado del Tribunal a-quo, que acordó fijar el Décimo (10°) día siguiente al de hoy, para la designación del PARTIDOR, de conformidad con el artículo 778, del Código de Procedimiento Civil, en el juicio por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL, interpuesto por la ciudadana MIRIAN JOSEF.....