Se dictó sentencia interlocutoria reponiendo la causa al estado que se realice la Audiencia Preliminar, en razón que el Tribunal que Sustancio el presente asunto obvio darle a la demandada el respectivo termino de la distancia. Se ordenó remitir el expediente al Tribunal Primero de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Extensión Puerto Ordaz.