Por lo anteriormente expuesto este Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 253, 26 y 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 11 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Homologa el presente Desistimiento del procedimiento mas no de la acción, realizado por el demandante JOSE MARCELINO GUZMAN MARTÍNEZ ya identificado, debidamente asistido por la profesional de derecho CARMEN TERESA ARVELAEZ DELGADO, venezolano, mayor de edad, abogada en ejercicio, e inscrita en el IPSA bajo el Nro. 138.510, en consecuencia se procederá como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide.
Publíquese, Regístrese y déjese copia en el compilador respectivo.
Dada, firmada y sellada en el Despacho de este Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del.....