DISPOSITIVO
En fuerza de las consideraciones precedentes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA O USUCAPION incoada por la ciudadana MARIELA JOSEFINA GUARISMA HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.599.367, y de este domicilio, debidamente asistida por el ciudadano OMAR ALCALA, abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 132.390, y de este domicilio, en contra la empresa INDRECAL C.A., RIF J-070501987 y domiciliada en la Avenida Andrés Bello, edificio Don Francesco, oficina n° 04, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, y su gerente ciudadano MARCO VINICIO VILLASMIL ALMARZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.600.164, y de este domicilio, por infringir en los ordinales 3º, .....