PRIMERO: REPONER LA CAUSA al estado de que el Juzgado de Mediación, Sustanciación, y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a quien corresponda la distribución, fije la celebración de LA AUDIENCIA PRELIMINAR. En consecuencia, se declaran NULAS las actuaciones practicadas el 14 de marzo de 2001 y el 21/3/2001, que riela a los folios 10 y 12 de autos, respectivamente.