Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON  LUGAR  la demanda intentada por los ciudadanos PAULA ROSA ZERPA DE VIERMA, ANGELA REMIGIA ZERPA DE ARIAS, RITO PASTOR ZERPA CANELON, VICTOR MANUEL ZERPA CANELON y JOSE LUIS ZERPA CANELON contra la ciudadana HILDA RIVERO, todos identificados en autos, por DESALOJO DE INMUEBLE constituido por inmueble constituido por una casa ubicada en la calle 27 entre 17 y 18  N° 17-78, de esta ciudad,  totalmente desocupada  de bienes y personas;  al efecto, de conformidad con lo establecido en el párrafo primero del artículo 34  del decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliario, se le concede a la parte demandada  un plazo improrrogable  de seis (6) meses  para la entrega material del inmueble antes identificado, contados a partir de la notificación   que se haga de la sentencia definitivamente firme .-----------------------------------
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