Se dicta decisión en la cual este Tribunal en funciones de Control N° 8 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley NIEGA LA SUSTITUCION DE LA MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA DE PRIVACIÓN LIBERTAD por una menos gravosa, solicitada. Manténgase la privación judicial preventiva de libertad a los acusados WILMER PASTOR MARTINEZ, EDGAR JOSÉ RODRIGUEZ SUAREZ y JOSÉ RAFAEL MARTÍNEZ. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Regístrese.